viernes, 12 de noviembre de 2010

Teoría Tridimesional del Derecho

La teoría tridimensional del Derecho identifica tres aspectos del Derecho que darían lugar a tres perspectivas de análisis de la realidad jurídica, desde esta perspectiva epistemológica el Derecho puede ser contemplado desde un punto de vista fáctico (Derecho como hecho social), desde un punto de vista normativo (el Derecho como norma) y desde un punto de vista valorativo (el Derecho como representación de la justicia).

En esta perspectiva epistemológica se entiende al Derecho como una integración normativa de hechos según valores.

Esta teoría enfoca su análisis desde una perspectiva tridimensional dinámica integradora de las diferentes dimensiones que conforman el fenómeno jurídico y constituye una simple herramienta metodológica para la más adecuada comprensión de la realidad jurídica. Para esta corriente de pensamiento el Derecho se entiende como la norma cuyo contenido tiene valores y es aplicable en la realidad.

En el libro Teoría Tridimensional del Derecho, su autor Miguel Reale, se manifiesta como un convencido de que el punto de partida para hacer Filosofía del Derecho es la experiencia del jurista y para confirmar su afirmación desarrolla la Teoría Tridimensional del Derecho en la que conjuga la perspectiva sociológica del hecho, la perspectiva filosófica del valor de lo justo y la perspectiva de la norma en el ámbito de la dogmática jurídica, todas ellas en una permanente interrelación e interdependencia.

En forma más llana se puede señalar que se encuentran tres momentos en la evolución de la teoría tridimensional del Derecho de Reale: en un primer momento, incorpora la noción del Derecho como una estructura tridimensional integrada por los elementos hecho, valor y norma. Después, en un segundo momento agrega la idea de dialéctica de complementariedad entre los tres elementos, o dimensiones, integrantes de la estructura tridimensional del Derecho. Por último, en un tercer momento complementa su teoría con las nociones de personalismo e historicismo axiológico con el fin de alcanzar una visión integral del Derecho que tenga como centro a la persona. No niega o rechaza ninguna de estas miradas, por el contrario, las integra, las complementa y las fortalece desde un enriquecido análisis interdisciplinario del complejo fenómeno del Derecho.


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