domingo, 20 de mayo de 2012

Haití, entre el cólera y la parálisis política

Después de varios cambios de dirigentes, en 1957 se inició un período de gobierno de corte dictatorial al mando de Françoise Duvalier, que continuó luego su hijo, y sumió al pueblo (con alto índice de analfabetismo) en un elevado nivel de miseria e incentivó la práctica de creencias vudú. Las constituciones duvalieristas a través de diversas maneras hicieron posible veintinueve años de gobierno autoritario de la familia Duvalier, el que comenzó en 1957 y terminó en 1986 constituyendo así la última dinastía hereditaria en las Américas después de la caída de los Somoza en 1979.

Haití es una República presidencialista, donde el Jefe del Estado es elegido por sufragio universal, el presidente nombra al Primer Ministro, los miembros del gabinete, según su Constitución, son escogidos por el Primer Ministro con la aprobación del Presidente.

Cuenta con sistema bicameral integrado por la Cámara de Diputados y el Senado. El Tribunal de Casación, los Tribunales de Apelaciones, de Primera Instancia, de Paz y los Tribunales Especiales están investidos del poder judicial. Además, la Constitución contempla que el Senado se convierta en Tribunal Superior de Justicia para considerar casos políticos, como puede ser el juicio público al Presidente por un delito de traición.

Su Constitución consta de un preámbulo, quince títulos y 298 artículos. La Constitución de 1987 declara que Haití "es una República indivisible, soberana, independiente, cooperativista, libre, democrática y social".  La estructura de organización política es la correspondiente a un estado democrático tradicional.  Los Artículos 58, 59 y 60 establecen que la soberanía radica en todos los ciudadanos y que estos delegan el ejercicio de esa soberanía en las tres ramas del gobierno: la ejecutiva, la legislativa y la judicial, cada una de las cuales es independiente de las otras dos y ninguna puede traspasar los límites que la Constitución y las leyes establecen para cada una.

El seguimiento a la actual situación de Haití, me parece que resume de manera clara la necesidad de revisar su estructura constitucional para introducir diversos mecanismos de participación ciudadana, su actual Constitución fue diseñada para evitar el regreso de un gobierno dictatorial, si bien cuenta con un diseño presidencialista, el actual titular del Ejecutivo ha manifestado su falta de experiencia para conducir a su país a buen puerto. Por ejemplo, el presidente Michel Martelly, reconoció que buena parte del dinero destinado a la reconstrucción del país tras el sismo de enero de 2010, que dejó más de 200.000 muertos, fue utilizado mal. Durante su primera visita oficial a España, el mandatario explicó a la cadena SER (del grupo Prisa, editor de EL PAÍS) que "se han inyectado 4.000 millones de dólares y hoy tengo problemas para identificar algo que se haya hecho con ese dinero".

Martelly, ha realizado diversas giras internacionales para refrendar que "los haitianos no quieren ayuda, sino que los inversionistas faciliten el propio desarrollo del país".

Desde que asumió el poder, Martelly se ha enfrascado en una guerra política con el Parlamento —que cuenta con una mayoría de diputados partidarios de René Preval, el anterior presidente— que ha paralizado a su Gobierno. Durante este primer año, nombró a cuatro primeros ministros y solo dos obtuvieron el visto bueno del Parlamento. El primero de ellos, el médico Garry Conille, asumió el cargo cinco meses después de la instalación del nuevo Gobierno y renunció en febrero pasado. Después de tres meses de vacío político, tomó posesión como primer ministro Laurent Lamothe, ministro de Asuntos Exteriores, antiguo tenista y empresario de telecomunicaciones que ha hecho fortuna en África.

Su actual Presidente, Michel Martelly era un cantante de kompa (música popular, mezcla de reggae, soka y merengue) cuando asumió la presidencia de Haití el 14 de mayo de 2011. Era la primera vez en la agitada historia de Haití en que un presidente electo recibía el poder de manos de otro, también electo por el voto popular. Era el estreno político de Martelly y los haitianos lo llevaron hasta allí justo por el hartazgo de la política de partidos y por su carisma. Pero esa apuesta, no ha dado los resultados esperados.

Este país me parece que es un caso particular que se puede analizar en la óptica diversos autores leídos en clase.


domingo, 13 de mayo de 2012

Inglaterra: crecimiento económico, justicia y reforma constitucional


En el tradicional discurso de la Reina Isabel II, ante la Cámara de los Lores, fueron presentadas un total de 19 iniciativas legislativas para los próximos doce meses que forman un programa centrado “en el crecimiento económico, justicia y reforma constitucional

Afectados por la crisis europea, los gobernantes en Inglaterra David Cameron y Nick Clegg han intentado hoy impulsar políticamente la coalición que gobierna al Reino Unido, y han señalado que todos los países deben de reducir su déficit. Y anunciaron que de no hacerlo, los tipos de interés subirán. El reto que deben de afrontar, ha afirmado el Primer Ministro Cameron es: “llevar a cabo esta difícil reducción del déficit público y hacer todo lo posible para conseguir crecimiento al mismo tiempo”.

Con la presentación de este conjunto de iniciativas legislativas, estamos observando cómo conservadores y liberales-demócratas, impulsores de la coalición que gobierna actualmente en Inglaterra, defienden juntos su programa de reducción del déficit público. En tanto que a juicio de la oposición laborista es el factor que explica por qué la economía británica está de nuevo en recesión a pesar de que había vuelto a la senda del crecimiento en los meses finales del Gobierno laborista.

A dos años de la formación de la coalición, surgen situaciones que tensa la formación de la coalición, una de ellas ha sido la derrota reciente de elecciones municipales donde el partido laborista alcanzo el triunfo electoral, esa nueva situación ha generado un cambio en los equilibrios del ejercicio del gobierno británico. El ala derecha del Partido Conservador ha puesto en marcha una campaña para desgastar a Cameron y poner en su lugar a un político de perfil más derechista. Su primer objetivo ha sido precisamente denunciar que el Gobierno no debería perder el tiempo con proyectos como la siempre pendiente la reforma de la Cámara de los Lores, proyecto incluido en la presentación de iniciativas de la Reina.

La reconfiguración que se avizora en Inglaterra, es producto de la debilidad del gobierno actual al depender de la firmeza de su coalición para gobernar, ya que tiene frente a sí, el programa legislativo alternativo que ha puesto en circulación la derecha tory a través del grupo Conservative Home. Un programa de derecha pura que cree que el partido podría estar aplicando si David Cameron hubiera alcanzado la mayoría absoluta en las elecciones de 2010 y no dependiera de los liberales-demócratas para gobernar.

Las acciones que impulsa la oposición, puedo enmarcarlas en la postura de Rodolfo Vigo, en el planteamiento de lograr la optimización de la eficacia jurídica de la Constitución al enfrentar un entorno europeo adverso, donde “la presencia de un derecho supranacional o un derecho vigente en una sociedad desvinculado de la aceptación autoritativa del mismo, resulta subversivo para aquella cultura jurídica nacionalista o estatista”. De ahí la postura de la derecha tory a través del grupo Conservative Home  Sitúan en primer plano lo que llaman ley de Derechos de Gran Bretaña para conseguir que la aplicación de la Convención Europea de Derechos Humanos sea controlada por los tribunales británicos y que solo en casos excepcionales se recurra directamente al Tribunal de Estrasburgo.

Y me parece que en esa misma línea antieuropea promueven una Ley de Doble Referéndum Europeo por la que Gran Bretaña renegociaría sus relaciones con la Unión Europea y el resultado de esa negociación sería sometido a referéndum. Con la probable consecuencia implícita de que, en caso de ser rechazado ese acuerdo, Reino Unido abandonaría la UE.




martes, 8 de mayo de 2012

Villoro, Luis. Los retos de la sociedad por venir. México, FCE, 2007


I. UNA VÍA NEGATIVA HACIA LA JUSTICIA

El centro de la propuesta que plantea el autor es que debemos de entender la injusticia como exclusión. Y como lo señala en su prólogo, el mal radical es la injusticia, a la cual debe de enfrentársele por vía negativa. Lo aquí se expone es un nuevo planteamiento o una nueva teoría de la justicia, que se distingue de otras, es decir, por tratar de entender la justicia a partir de su ausencia, la injusticia.

La vía conceptual que se plantea por Luis Villoro responde al reconocimiento de una realidad concreta, sobre todo cuando se plantea que la experiencia de la injusticia es cotidiana, (recientemente lo pudimos constatar a nivel nacional en un documental que se denomino: Presunto Culpable) así, pensar la justicia a partir de la injusticia es, por lo tanto, evaluarla la justicia desde nuestra circunstancia, y el planteamiento que surge es preguntarnos si esa justicia es congruente con nuestra realidad.

Villoro, señala que en nuestra realidad social no son comunes comportamientos consensuados que tengan por norma principios de justicia incluyentes de todos los sujetos; lo que hace patente su ausencia. Señala que en la existencia de este tipo de sociedades debe invitar a contraponer a la vía del consenso racional su diseño en negativo: en lugar de buscar los principios de justicia en el acuerdo posible al que llegarían sujetos racionales libres e iguales, intentar determinarlos a partir de su inoperancia en la sociedad real. Bajo este análisis, la justicia debe dejar de pensarse como un derecho universal y aplicarse como un ejercicio de la no exclusión; reformular la democracia y dejar de lado la representatividad Para establecer una democracia consensual o comunitaria, y basar la coexistencia social en el diálogo intercultural, el reconocimiento del otro, del diferente.

El autor, nos muestra una forma contrastante de observar la justicia, y toma referente a John Rawls, quién pensaba a la justicia desde un velo de la ignorancia en la que un sujeto, sin ningún referente, se imaginaba cómo había de ser una sociedad justa, Luis Villoro la piensa desde la situación de un sujeto concreto que padece la injusticia, que experimenta la exclusión que siempre conlleva aquélla, y que luego es capaz de equipararse con el excluyente, hasta llegar al punto en que se reconozca al otro de manera cabal a partir de la aceptación compartida de valores objetivos.

El análisis que se plantea, enfatiza que este proceso tiene una dimensión histórica, y por lo tanto no se puede universalizar, de manera abstracta y mucho menos de manera definitiva, sino que siempre ha de entenderse en un contexto específico de exclusión. Señala el autor que desde que varios hombres se pusieron a vivir juntos, se dieron cuenta que no podrían hacerlo son establecer un enlace entre ellos. Y para Villoro, ese enlace era el poder, el poder es dominación sobre el mundo en torno, natural y social para alcanzar lo deseado, en consecuencia dice el autor, la sociedad no puede entenderse sin la presencia del poder. Frente al afán universal de poder, se dice en la lectura, que hay una alternativa: “la búsqueda del no-poder”.

Así, se señala que una manera de contemplar la historia es verla como una permanente contienda entre la voluntad de dominación y los intentos de escapar a ella. Así, escapar del poder equivale a liberarse de toda voluntad de poder, esto es, asumir una actitud que rechace y resista al poder. Entonces al poder habría que oponerle un contrapoder, que Villoro enuncia como toda fuerza de resistencia frente a la dominación. Las diversas manifestaciones de resistencia al poder podrían al tiempo conjugarse bajo un mismo concepto en la persecución de un fin común: la abolición de la dominación y puesto que el Estado ejerce la dominación mediante variadas formas: política, jurídica, ideológica, militar o policiaca, el fin último del contrapoder podría concebirse como la abolición del Estado. Liberarse del mundo donde priva la injusticia equivale a elegir así la posibilidad de actuar para escapar de esa realidad injusta: ese es el inicio de una “vía negativa frente al poder”. Tres momentos tendría, esta vía negativa contra el poder injustificado; momentos que no corresponden necesariamente a etapas sucesivas, sino a estados de complejidad que se yuxtaponen y coinciden en el proceso de alcanzar una concepción más racional de la justicia a partir de su ausencia:

En una situación de injusticia, la experiencia de la exclusión marcaría el primer momento en la vía contra el poder, su origen está en la toma de conciencia de una carencia causada por un daño producido por acciones u omisiones de los otros, de quienes no pertenecen al grupo carente. La percepción de la carencia como daño trae como consecuencias psicológicas en los individuos dañados: resentimiento, cólera, envidia, o bien depresión, auto desprecio, sensación de maltrato o generar un sentimiento de inferioridad.  

El segundo momento sería la equiparación con el excluyente que se caracteriza por el paso de sufrir la experiencia de la exclusión a disentir del rechazo de nuestro propio valor desde el poder. Se inicia así un movimiento de rebeldía ante la injusticia que se expresaría en la apreciación del excluido por sí mismo frente al otro que lo rechaza y, en paralelo, la actualización de la conciencia de igualdad entre ambos. La discrepancia puede dar lugar a la resistencia frente al poder en diferentes formas. Puede ser defensa y protección ante las acciones del poder. Puede ser también un desafío en el que el agredido pide cuentas al otro por su agresión. 

En resumen, para Villoro los pasos de esta vía hacia la justicia son: 1) Parte de la experiencia de la exclusión como conciencia de un daño sufrido. El daño puede aceptarse pasivamente, pero también puede rechazarse con fundamento en razones. Entonces da lugar a un disenso razonado. 2) El disenso razonado puede llevar a la controversia, pero también a una resistencia. La equiparación con el agresor es el segundo momento de esta vía negativa. Puede culminar en la ruptura o en el deterioro de la comunidad de comunicación. 3) Pero la exclusión ofrece también una posibilidad que conduzca de nuevo al reconocimiento del otro.

Finalmente, a la equiparación con el otro se da el tercer paso de este proceso: el reconocimiento del sujeto hacia una ética concreta. Desde el momento que quién es excluido demanda el reconocimiento de la igualdad con el otro, el sujeto reivindica un derecho que conlleva la eliminación de una situación de exclusión vivida. Así, el reclamo del excluido parte de una valoración originaria que puede abrir la posibilidad de reivindicar un valor común universalizable: el valor de la no-exclusión.

La parte final de este primer capítulo, plantea una revisión a los derechos humanos, el autor afirma que la universalización de ciertos derechos comete el error de suponer que las circunstancias de exclusión son las mismas en todos lados y en todo momento. Según Villoro, la doctrina de los derechos humanos en boga fue formulada en un lugar y una fecha precisos: es el resultado de la experiencia de exclusión de la burguesía europea en el siglo XVIII. En países como el nuestro, la circunstancia de exclusión es muy distinta; aquí, la tan deseada libertad individual no puede ejercerse sin otras condiciones como la alimentación, la vivienda, la salud, la instrucción y la pertenencia a una comunidad.

Para el autor, es necesario pensar la justicia no como derecho universal, sino como ejercicio de la no-exclusión; reformular la democracia representativa para dar lugar a una democracia participativa, comunitaria o consensual, y finalmente, criticar la pretensión universalista de la cultura occidental, así como las posiciones que plantean un relativismo cultural absoluto, postulando condiciones que permitan un diálogo intercultural. Al negar tomar al otro solamente como medio, establece un principio contrario a la universalización de la afirmación de valores.

En lugar de fundar los derechos humanos en principios universales incontrovertibles, se trataría de fundarlos, por así decirlo, “en negativo”. “Si, tras tanta insistencia en el consenso, fáctico o contrafáctico, acerca de los derechos humanos, no extraeríamos más provecho de un intento de ´fundamentación´ desde  el disenso, esto es, desde un intento de fundamentación ´negativa´ o disensual de los derechos humanos. Para Villoro, una sociedad indigna es aquella que admite condiciones para que prevalezcan las violaciones a los derechos humanos. En suma, el “imperativo del disenso” expresaría, en una formulación más fuerte, la misma idea del “coto vedado” que fundamenta la validez universal de los derechos humanos. Pero exhorta a la voluntad moral a realizarla, en la práctica, en acciones concretas. El “imperativo del disenso” no debería interpretarse como una norma abstracta sino como un principio universal de una ética concreta. Funcionaría como una idea regulativa de toda acción que, en la práctica, favorezca la realización de una sociedad digna.

domingo, 6 de mayo de 2012

ELECCIONES EN SERBIA ¿CAMBIO O CONTINUIDAD?

ELECCIONES EN SERBIA ¿CAMBIO O CONTINUIDAD?

La nota de esta semana, plantea una interrogante que como veremos, puede tener desde ahora una proyección al observar los resultados electorales tanto para el presidente como para el parlamento, ya que este país es una república parlamentaria. La República de Serbia, es un país soberano, constituido en Estado social y democrático de Derecho y cuya forma de gobierno es la República parlamentaria. El 4 de febrero de 2003, entró en vigor una nueva Constitución, y se eliminó el nombre de Yugoslavia, pasando el país a denominarse Serbia y Montenegro (oficialmente Unión Estatal de Serbia y Montenegro). El 21 de mayo de 2006, se realizó en Montenegro un referéndum para determinar si se procedía a finalizar su unión con Serbia. Los resultados mostraron a un 55,4% de los votantes en favor de la independencia, por lo que el Parlamento de Montenegro proclamó la independencia del estado, el 3 de junio de 2006. Ese día, Serbia se declaró como estado soberano, como sucesor del anterior.

La forma de gobierno de la República de Serbia es, desde su separación de Montenegro en 2006, la república parlamentaria. El 30 de octubre de 2006, los ciudadanos aprobaron una nueva Constitución, que tenía el objetivo de garantizar "la consolidación de la democracia y del Estado de derecho en Serbia". La constitución entró en vigor el 10 de noviembre de 2006.

El Poder ejecutivo lo ostentan el jefe del estado, que es el Presidente, y el jefe del gobierno, que es el Primer Ministro. El cargo de Presidente, de 5 años de duración, se decide mediante referéndum, mientras que el Primer Ministro lo elige la Asamblea Nacional.

La actual Presidenta interina de Serbia es Slavica Đukić Dejanović, nombrada en el cargo por haber dimitido Tadic, a fin de participar en las elecciones de su país. Desde principios de abril, la presidenta del Parlamento serbio, Slavica Djukic, dirige el país ya que es la encargada de anunciar la celebración de elecciones después de que Tadic presentase su dimisión. El presidente decidió adelantar los comicios presidenciales --que debían celebrarse a finales de año-- ante un avance en las encuestas.

Desde el 11 de julio de 2006 hasta el 5 de abril de 2012, Boris Tadić, se desempeño como presidente de Serbia, habiendo sido reelecto el 3 de febrero de 2008. Por su parte, el cargo de Primer Ministro, lo ocupa desde julio de 2008, Mirko Cvetković, que ocupaba el cargo de Ministro de Finanzas.

En Serbia este domingo 6 de mayo, se celebraron elecciones para elegir Presidente y según resultados finales Boris Tadic gana la primera vuelta de las presidenciales, según proyecciones basadas en voto real con un 24,7 por ciento de los votos, por lo que tanto Boris Tadic como el opositor Tomislav Nikolic, que ha logrado el 23,5 por ciento, deberán concurrir a una segunda vuelta, prevista para el 20 de mayo. Los datos, basados en voto real, han sido publicados por la emisora serbia B92.

En cuanto a las legislativas, celebradas también este domingo, el gobernante Partido Democrático (DS) ha sido el más votado (24,7 por ciento), por delante del Partido Radical Serbio (SRS), que ha logrado el 23,5 por ciento de los sufragios.

De acuerdo a las proyecciones de la organización no gubernamental Centro para las Elecciones Libres y la Democracia (CeSID), Tadic se ha impuesto en las presidenciales con el 26,7% de lo votos, por delante de Nikolic, con el 25,5%. Al revés son las tendencias de las elecciones parlamentarias, en las que el partido del líder opositor, el Progresista Serbio (SNS), se sitúa a la cabeza con el 24,7%, delante de la formación de Tadic, el gobernante Partido Democrático (DS), con el 23,2%.

Tercero en ambas elecciones es el Partido Socialista de Serbia, liderado por Ivica Dacic, quien en las presidenciales obtiene, según el CeSID, un 15,3%, y en las parlamentarias, un 16,6%. Su postura podría ser decisiva para la segunda vuelta de las elecciones presidenciales, si decide apoyar a alguno de los dos aspirantes más votados.

El Poder legislativo recae en la Asamblea Nacional de Serbia, que es su parlamento unicameral. Lo componen 250 diputados, que son elegidos en referéndum cada 4 años. Los partidos políticos con mayor representación son el Partido Demócrata (DS), el Partido Radical (SRS), el G17 Plus (G17+), el Partido Democrático de Serbia (DSS) y el Partido Progresista (SNS). El sistema electoral está basado en el sufragio universal, y la mayoría de edad está establecida en 18 años.

Unos 6,8 millones de serbios con derecho a voto estaban llamados a las urnas para elegir, además de a un nuevo presidente, también un Parlamento, de 250 escaños, y nuevas autoridades municipales y de la provincia de Vojvodina, al norte del país. El líder socialista anunció que en las negociaciones para un futuro Gobierno los socialistas hablarán primero con sus actuales socios de la coalición en el poder, el DS, pero que también están abiertos a hablar con el SNS. "No se sabe quién será el futuro presidente del país, pero creo que se sabe bien quién será el primer ministro", dijo en referencia al partido de Tadic, con el que gobierna actualmente. Los analistas locales consideran que Dacic está más cerca de volver a pactar una nueva coalición con el DS que de orienparse hacia el SNS, porque eso podría ser interpretado como una vuelta al pasado y no favorecería el futuro de los socialistas.

Tadic, a su vez, se ha mostrado convencido de que ganará la segunda vuelta de las presidenciales contra Nikolic, y ha asegurado que ambos candidatos representan "dos políticas sustancialmente diferentes". "La mía supone una vía más rápida a la Unión Europea (UE)", ha manifestado Tadic, al indicar que su política es la mejor para los ciudadanos porque conlleva la seguridad y atrae inversiones. Por eso, ha pedido el voto a los ciudadanos tras anunciar que ya a partir de mañana (7 de mayo) prosigue la campaña para la segunda vuelta.
Respecto al futuro Gobierno, ha señalado que será definido después de la segunda vuelta de las presidenciales, aunque ha prometido que no permitirá "chantajes" de ningún tipo. Nikolic, por su parte, se ha mostrado "convencido de la victoria en la segunda ronda" en las presidenciales, y ha anunciado que este mismo lunes iniciará las negociaciones para la formación de un nuevo Gobierno tras ganar las elecciones parlamentarias.

Según las proyecciones, entrarían en el Parlamento, además de varios partidos de las minorías, también el nacionalista Partido Democrático de Serbia (DSS), del antiguo primer ministro serbio Vojislav Kostunica, con el 7,2% de votos. Le siguen la coalición 'Preoket' (Cambio), liderado por el modernista pro occidental Partido Liberal-Democrático (LDP), con el 6,6% y Regiones Unidas de Serbia (URS), con el 6,1%.

Las elecciones, con una participación del 58,7%, han estado marcadas por la mala situación económica en el país y el creciente descontento social. En la antigua provincia serbia de Kosovo, independiente desde 2008 en contra del deseo de Belgrado, unos 110.000 serbios también han podido participar en los comicios. La votación ha sido organizada con ayuda de la Organización para la Seguridad y Cooperación en Europa (OSCE) y bajo fuertes medidas de seguridad de parte de la fuerza internacional de la OTAN para Kosovo (KFOR).








domingo, 29 de abril de 2012

ARGENTINA RECUPERA SU SOBERANÍA ENERGÉTICA.

Argentina recupera su soberanía energética y retoma las riendas de YPF, una empresa del Estado privatizada por Carlos Menem a finales de los 90.

De forma sorpresiva, la mandataria Cristina Fernández de Kirchner ordenó acabar con las maniobras, presiones y extorsiones ejercidas por Repsol, en el entendido de que resulta necesario modificar la lógica especulativa y cortoplacista que caracteriza a la principal firma petrolera de Argentina, bajo la conducción de esa trasnacional española, a fin de ponerla al servicio de las necesidades del país y del modelo productivo con inclusión social.

La mandataria, oficializó el envío al Congreso de un proyecto de ley (Recuperación de la soberanía hidrocarburífera) que plantea la expropiación por parte del Estado de 51 por ciento de las acciones de YPF, sin que esas acciones puedan ser vendidas sin autorización mayoritaria del Legislativo, al tiempo que designó a dos interventores estatales en dicha empresa petrolera. Tal porcentaje se repartirá entre el Estado nacional y las provincias que integran la Organización Federal de Provincias Productoras de Hidrocarburos, de tal modo que les corresponderá 26.01 y 24.99 por ciento, respectivamente.

El gobernante Partido Justicialista de la presidenta Cristina Fernández controla ambas cámaras del parlamento por lo que se da por descontada la aprobación final de la ley propuesta hace dos semanas por la mandataria. El plan gubernamental es retomar el 51% de las acciones de YPF que actualmente controla la española Repsol, empresa a la que Buenos Aires acusa de haber descuidado la producción y las inversiones en el sector petrolero.

Lo que fue realmente grave cuando las provincias perdieron acciones. En ese momento Repsol se hizo cargo de las decisiones estratégicas del petróleo, ya no iban a ser tomadas por opiniones argentinas, sino que por un grupo inversión que buscaba sacar lo máximo posible.

Un sector de la sociedad argentina, considera que la privatización de los años 90, fracasó rotundamente. Opinan que el gobierno permitió que fracasara y ahora regresa sobre sus pasos. Afirman que este gobierno no dice cuando se equivoca, pero es evidente que la estatización implica una equivocación muy fuerte de la política energética.

En Argentina la forma de gobierno federal permite el control y la cooperación recíproca entre las provincias y el gobierno federal, evitando la concentración de poder a través de su descentralización. En este sistema, coexisten dos clases de gobierno: el nacional o federal, soberano, cuya jurisdicción abarca todo el territorio de la Nación, y los gobiernos locales, autónomos en el establecimiento de sus instituciones y sus constituciones locales, cuyas jurisdicciones abarcan exclusivamente sus respectivos territorios.

El acto realizado por la presidenta se apoyo en facultades constitucionales:

Art. 17.- La propiedad es inviolable, y ningún habitante de la Nación puede ser privado de ella, sino en virtud de sentencia fundada en ley. La expropiación por causa de utilidad pública, debe ser calificada por ley y previamente indemnizada. Sólo el Congreso impone las contribuciones que se expresan en el artículo 4º. Ningún servicio personal es exigible, sino en virtud de ley o de sentencia fundada en ley. Todo autor o inventor es propietario exclusivo de su obra, invento o descubrimiento, por el término que le acuerde la ley. La confiscación de bienes queda borrada para siempre del Código Penal argentino. Ningún cuerpo armado puede hacer requisiciones, ni exigir auxilios de ninguna especie.

Art. 44.- Un Congreso compuesto de dos Cámaras, una de diputados de la Nación y otra de senadores de las provincias y de la ciudad de Buenos Aires, será investido del Poder Legislativo de la Nación.

Art. 75.- Corresponde al Congreso:  Numeral 30. Ejercer una legislación exclusiva en el territorio de la capital de la Nación y dictar la legislación necesaria para el cumplimiento de los fines específicos de los establecimientos de utilidad nacional en el territorio de la República. Las autoridades provinciales y municipales conservarán los poderes de policía e imposición sobre estos establecimientos, en tanto no interfieran en el cumplimiento de aquellos fines.

Art. 78.- Aprobado un proyecto de ley por la Cámara de su origen, pasa para su discusión a la otra Cámara. Aprobado por ambas, pasa al Poder Ejecutivo de la Nación para su examen; y si también obtiene su aprobación, lo promulga como ley.



martes, 24 de abril de 2012

¿CUÁNDO SE UTILIZA EL REFERENDUM EN ALEMANIA? ¿QUÉ ES EL REFERENDUM LEGISLATIVO? ¿REFERENDUM REGIONAL?

Referéndum

El Referéndum debe de entenderse como una figura de la democracia representativa. se encuadra en una democracia de tipo indirecto, es decir representativa. El Doctor Ignacio Burgoa Orihuela, en su Obra derecho Constitucional Mexicano (Porrúa, 2000), señala que en los sistemas donde impera el referéndum, suelen llamarse democráticos semidirectos, pues la ciudadanía tiene en ellos, una intervención directa de gobierno para emitir su opinión sobre la vigencia de un ordenamiento jurídico elaborado por las Asambleas Legislativas.

Un referendo o referéndum es un procedimiento jurídico por el que se someta a votación popular algo de especial importancia para que sea aprobado o ratificado por el pueblo. Es también el sistema por el cual se pide a la colectividad su opinión sobre determinada medida que se piensa tomar o que se ha tomado por parte del órgano competente. Se denomina referendum a la función del sufragio por virtud de la cual éste interviene en la adopción definitiva de las leyes ejerciendo como una especie de prerrogativa de veto y de sanción análoga en su alcance a la que es corriente atribuir a los jefes de Estado constitucionales.

En la obra del Doctor Mauricio Reyna: Estado Democrático de Derecho en México y sus mecanismos de participación ciudadana (2010, Porrúa). En su capítulo cuarto, podemos obtener referencias de diversos mecanismos de participación ciudadana desde la óptica del derecho comparado, sirva pues la referencia a esta fuente bibliográfica para referirnos en este trabajo a la figura del  Referéndum.

Cuándo se utiliza el Referéndum en Alemania.

Es con el régimen político de la República de Weimar, que aparecen los primeros indicios para la participación ciudadana y sus mecanismos, al término de la Primer Guerra Mundial, entre 1919 y 1933, época en donde se propone por la Asamblea Nacional la Constitución que fue aprobada el 31 de julio y entró en vigor el 11 de agosto de 1919, “el federalismo militarizante o bien, débil, de la Constitución de Weimar de 1919, fue un federalismo que a la postre sería tristemente derogado con las leyes nacionalsocialistas o nazis de principios de los años treinta.

La Constitución de Weimar es un catalogo jurídico que expresa el deseo de configurar un régimen liberal democrático representativo y de participación ciudadana, en donde resaltaba muy claramente la posibilidad de incluir los procedimientos de referéndum y de la iniciativa popular. A partir del ejercicio de la iniciativa popular, al ser sometido al ejercicio legislativo con participación gubernamental, al recibir modificaciones o no recibirlas, se propiciaría la ejecución de realizar un referéndum sobre la iniciativa popular de la población. Los procedimientos de referéndum e iniciativa popular además de lo dispuesto por la  Constitución de Weimar eran regulados por una ley específica del referéndum y la iniciativa popular promulgada en 1921.

Referéndum legislativo.

El referéndum constitucional también podría ser promovido en los casos que no existieran acuerdos comunes en el Parlamento acerca de alguna ley, siendo entonces el referéndum el mecanismo adecuado para decidir sobre la misma materia.

El referéndum[1] concerniente a leyes era muy parecido al constitucional, y se deba en tres supuestos: el primero, era cuando el Reichstag (Parlamento) no aceptaba una ley; el segundo, llamado referéndum facultativo, cuando una tercera parte del Parlamento pedía suspender la publicación de una ley aprobada durante los dos primeros meses a su aprobación y cuando una vigésima parte del Parlamento solicitaba someter a referéndum la misma ley. Esto propiciaría defender a las minorías de los miembros del Parlamento. Sin embargo, aquellas leyes aprobadas que eran declaradas por el Parlamento como urgentes, podían excluir la petición de ser suspendidas por la publicación durante dos meses (artículos 72 y 73 de la Constitución de Weimar).

Artikel 72. (1) Die Mitglieder der Bundesregierung werden vor Antritt ihres Amtes vom Bundespräsidenten angelobt.

(2) Die Bestallungsurkunden des Bundeskanzlers, des Vizekanzlers und der übrigen Bundesminister werden vom Bundespräsidenten mit dem Tag der Angelobung ausgefertigt und vom neu bestellten Bundeskanzler gegengezeichnet.

(3) Diese Bestimmungen sind auch auf die Fälle des Artikels 71 sinngemäß anzuwenden.

Artikel 73. Im Falle der zeitweiligen Verhinderung eines Bundesministers betraut der Bundespräsident einen der Bundesminister oder einen höheren Beamten eines Bundesamtes mit der Vertretung. Dieser Vertreter trägt die gleiche Verantwortung wie ein Bundesminister (Artikel 76).

La declaración de urgencia en las leyes sirvió como un pretexto para evadir referéndums que consideraban que no eran convenientes para someter a la voluntad popular y que debían de ser aprobadas de inmediato; algo muy parecido se suscitó con la evasión al referéndum debido al arbitrio del presidente del Imperio para someter a referéndum las cuestiones presupuestales, impuestos o escalas reguladoras de salario que en la mayoría de los casos se evadían de ser sometidas al mecanismo.

En la tercera posibilidad del referéndum se otorgaba al presidente del Reich o Imperio una disposición aprobada por las cámaras, durante el mes siguiente de la aprobación parlamentaria según lo dispuesto en su artículo 73 de la Constitución de Weimar. Consideración que sirvió como un freno sobre disposiciones tomadas por el Parlamento que no le convinieran la presidente lo cual está perfectamente en el ya mencionado artículo 73 de esa Constitución.

Y por último, una consideración que puede tener carácter general para el instrumento del referéndum es que para ser vinculante para el Parlamento, debía ser votada con la participación y aprobación de la mayoría de los electores, consideración que resultó ser muy rígida para el uso y aplicación del mecanismo. Tal fue la causa por la que no se registraron ejemplos consecutivos de lo que sucedió con el uso de dicha determinación.

También se puede señalar la acción de otro tipo de referéndum, como bien lo señala Luis Aguiar de Luque en lo relativo a la Constitución de Weimar, circunstancia que nos puede arrojar una nueva clasificación en el estudio de los casos en los cuales podía haberse empleado el mecanismo de referéndum, pero definitivamente de manera arbitraria. Fue el caso cuando existió la posibilidad para que el presidente del Reich optara por someter a referéndum alguna ley ya aprobada por las dos terceras partes del parlamento, o podía elegir publicar la misma.

En los casos en que no se alcanzara la probación de las dos terceras partes del Parlamento, el presidente nuevamente tenía la facultad de someter a referéndum la ley u optaría por rechazarla; por último, se daba el caso de que en adiciones o reformas constitucionales, el Parlamento no consensaba el proyecto o propuesta y era él mismo quien tenía la facultad de someter a referéndum el proyecto no aprobado.

Con base en estos ejemplos, el Doctor Reyna, sostiene que el referéndum era utilizado con la finalidad de eliminar las controversias que regularmente se suscitaban para conseguir la aprobación de una ley y que en ningún caso se estaba ante una decisión empleada como iniciativa de la voluntad popular.

Referéndum Regional.

Si duda que el federalismo tiene una liga incuestionable con la democracia y la libertad, es una división vertical del poder  que conlleva una mayor participación y proximidad a los ciudadanos, favorece el pluralismo político y social y divide el poder verticalmente facilitando su control y evitando su concentración excesiva. Bajo esta apreciación se puede afirmar que el modelo democrático poco posee de algún modelo representativo en Alemania; más bien trasciende para solamente tocar a los modelos de democracia directa, participativa y deliberativa, a nivel regional o local.

Sólo ha existido una tradición de 15 años en lo relacionado con el ejercicio del referéndum y la iniciativa popular que ha quedado regulada con rango constitucional en su artículo 29, a nivel regional (Länder).

En los casos de las limitaciones territoriales, el referéndum será obligatorio en los estados afectados, con acuerdo de la mayoría o de dos terceras partes de las Länder afectadas; además se necesita la participación de 25% de todos los votantes de cada área afectada.

Referéndum: Referendum, Volksbefragung, Volksabstimmung, Volksentscheid, Urabstimmung, (Gewerkschaft)
Referéndum constitucional: Verfassungsreferendum.
Referéndum facultativo: fakultatives Referendum
Referéndum necesario: obligatorisches Referendum
Referéndum popular: Volksabstimmung, Volksentscheid, Referendumg
Referéndum por iniciativa: Referendum auf Antrag
Referéndum preventivo: Gesetzesverwerfung
Referéndum vinculante: Volksabstimmung



[1] La Constitución de Weimar era la primera de un Estado moderno grande que introducía, con el plebiscito, formas de la democracia directa en un sistema parlamentario-presidencialista. Junto al referéndum (VoLksentscheid) se puso la iniciativa popular (VoLksbegehren), es decir, la iniciativa legislativa del pueblo. Es cierto que, posteriormente, se vio que la significación práctica de estas posibilidades constitucionales era más escasa de 10 que se había creído al principio: durante el tiempo que duró la República sólo hubo siete intentos de implantar una ley por la vía de la iniciativa popular y los siete fracasaron. Sin embargo, justamente estas disposiciones pertenecen a las partes de la Constitución que dan lugar a su fama como «una de las Constituciones más libres del mundo». Sobre este argumento cfr. en general FRAENKEL, ERNST, Die repriúentalÍve und die plebúzitare Komponente im demokrati..chen Verfassung......taat, 1958; ahora también en íd., DeuL..chland und die we...tlichen DemokralÍne, pp. 71-109.

sábado, 21 de abril de 2012

CAE GOBIERNO HOLANDÉS AL PERDER EL APOYO DE LA EXTREMA DERECHA

Cae el Gobierno holandés al perder el apoyo de la extrema derecha

El sistema político holandés. ¿Por qué se conoce a este país a veces como Holanda y otras como los Países Bajos? El nombre oficial del país es los Países Bajos (un nombre muy apropiado, porque el 60% de su población vive en zonas situadas por debajo del nivel del mar). Los Países Bajos son una monarquía constitucional con un sistema parlamentario. Esto significa que el gobierno no sólo incluye a los ministros y los secretarios de Estado, sino también al monarca, que actualmente es la Reina Beatrix. En 1980 la Reina Juliana abdicó en su hija Beatriz, el sexto monarca desde la creación del Reino de los Países Bajos y tercera mujer, tras su madre y su abuela, que reina el territorio de forma consecutiva.

Dentro de su conformación política, la Reina desempeña el poder ejecutivo y ratifica la libre elección del Primer Ministro por el pueblo. El poder legislativo está representado por lo que hasta hoy día se denominan Estados Generales (Parlamento), las cuales consisten en dos cámaras de representación legislativa. El poder judicial es representado por las Asambleas Provisionales, las cuales también son elegidas por sufragio directo.  Se rige de acuerdo al Estatuto del Reino de 1954 y a la Constitución de 1815, los cuales han sido reformados en innumerable cantidad de ocasiones.

El monarca es también el Jefe del Estado. Los ministros son responsables ante el Parlamento, pero la Reina no, porque carece de responsabilidad política.

El gobierno (los ministros y los secretarios de Estado) prepara y ejecuta la legislación, controla a los gobiernos locales, se encarga de los asuntos cotidianos del gobierno y mantiene las relaciones internacionales. El número de ministros tiende a variar de un gabinete a otro, pero la distribución numérica de los miembros del gabinete debe reflejar en la medida de lo posible la representación parlamentaria de los socios de la coalición. Si no fuera así, algún miembro de la coalición podría sentirse perjudicado y esto podría conllevar incluso la caída del gabinete.

Cada cuatro años se celebran elecciones directas para elegir a los miembros del Congreso. Los Países Bajos utilizan el sistema de representación proporcional para todas las elecciones, nacionales y regionales. Las elecciones de la Segunda Cámara se realizan normalmente cada cuatro años. Se adelantan únicamente si un gobierno es obligado a dimitir por el Parlamento o si decide renunciar por su cuenta, por ejemplo si sufre un desacuerdo interno grave.

Como en los Países Bajos hay tantos partidos políticos, el gobierno suele estar formado por una coalición de varios de ellos. La Reina nombra a un “informador” (informateur) que consulta con todos los partidos acerca de posibles socios de coalición. Generalmente, transcurren semanas o meses mientras se celebran las negociaciones entre los líderes de los partidos parlamentarios que piensan que pueden formar una coalición que obtenga una mayoría parlamentaria. Entretanto, el Primer Ministro presenta la dimisión de todo el gabinete a la Reina, que “responde” pidiendo al gabinete que permanezca en funciones hasta que se forme el nuevo gobierno. Cuando los líderes llegan a un acuerdo, la Reina solicita al “formador” (formateur) que forme un gobierno. De esta forma, se forma un gabinete con un programa de gobierno aprobado por la mayoría de los miembros del parlamento.

En su calidad de Jefe de Estado, el monarca es el encargado de nombrar formalmente a los ministros y a los secretarios de Estado Si se produce una crisis política que ocasiona la caída del gobierno antes del final de los cuatro años, volverá a iniciarse el proceso de negociación después de celebrar elecciones anticipadas.

Nuevamente estamos ante un ejemplo de la crisis en la que derivan los países pertenecientes a la Unión Europea, al dictar reglas económicas que deben regir para todos sus miembros, en esta ocasión Holanda sufrirá un panorama económico desolador para el mayor contribuyente neto de la UE. El deterioro económico mundial afectó negativamente a la economía holandesa, que entró en recesión en 2009, con un descenso del 4 por ciento. Se espera que la recuperación económica sea lenta, con un crecimiento estimado de alrededor del 1,5 por ciento hasta 2013.

Este es un claro ejemplo de que la recesión mundial y las presiones financieras no respetan las fronteras nacionales, especialmente las de economías abiertas como la holandesa.


domingo, 15 de abril de 2012

Grecia convoca elecciones en pleno auge de los partidos extremistas

Grecia convoca elecciones en pleno auge de los partidos extremistas

Grecia es, actualmente, una república parlamentaria, además es miembro de la Unión Europea desde 1981 y de la Unión Monetaria y Económica desde 2001, de la OTAN desde 1952 y de la Agencia Espacial Europea desde 2005. Es también socio fundador de las Naciones Unidas, la OCDE y la Organización de Cooperación del Mar Negro.

El Presidente de la República es elegido cada cinco años por el Parlamento Helénico. Cada cuatro años se celebran elecciones al Parlamento Helénico tras las cuales se renueva el Primer Ministro y su gobierno. Desde el año 2007, prevalece un gobierno conservador, su presidente es Kostas Karamanlis electo con un 41,83% de los votos (152 de 300 parlamentarios).

El poder legislativo es unicameral y está representado con 300 miembros del Parlamento Helénico, los cuales representan el pueblo griego.

El poder judicial es independiente y está representado por tres cortes superiores.

Grecia se rige de acuerdo a la Constitución política del año 1975, con sus reformas de los años 1986, 2001 y 2008. En 1974, fue rechazada la monarquía por vía referendaria.

Los partidos políticos operan a un nivel nacional, a diferencia de otros países, en Grecia no existe ningún partido local ni partido prohibido.

Ante la gravedad de la crisis, el primer ministro había pedido a los sindicatos y la oposición que retrasaran el paro para evitar más incidentes. El portavoz del partido mayoritario en la oposición, el socialista Giorgos Papandreu, ha declarado que la única manera de sacar al país de la crisis es con la renuncia del gobierno y la convocatoria de elecciones anticipadas. “Nuestra sociedad está sufriendo una crisis económica, social, institucional y de valores que el Gobierno es incapaz de hacer frente. El pueblo ha perdido la confianza en el Gobierno”.

Grecia, ha sido foco de la atención internacional, por la grave crisis económica intensificada de 2008 a 2012, la cual se le conoce ya como una crisis económica mundial que comenzó ese año, y originada en los Estados Unidos. Entre los principales factores causantes de la crisis estarían los altos precios de las materias primas, la sobrevalorización del producto, una crisis alimentaria mundial y energética, una elevada inflación planetaria y la amenaza de una recesión en todo el mundo, así como una crisis crediticia, hipotecaria y de confianza en los mercados.

El déficit público revisado de Grecia fue en 2009 de 36.150 millones de euros, frente a los 22.363 millones (9,4% del PIB) del año anterior y la deuda pública de Grecia alcanzó en 2009 un total de 298.032 millones de euros, un 126,8% del PIB.

Tras conocerse el dato, el Gobierno griego revisó al alza su objetivo de déficit para el 2011, que pasa ahora a situarse en el 9,4% del PIB, frente al 8,1% previsto inicialmente por Atenas.[17] La situación se agravó al descubrir que el gobierno de Atenas ocultó durante años los verdaderos datos macroeconómicos, entre ellos el verdadero valor de la deuda. La enorme deuda ha provocado importantes recortes en el sector público lo que ha provocado importantes manifestaciones y disturbios en Grecia desde el comienzo de la crisis económica.

Ante la gravedad, se han suscitado un sinnúmero de reuniones entre el primer ministro griego, Lukas Papadimos, y los principales líderes políticos del país sobre las medidas de austeridad que exige la comunidad internacional a cambio de más ayuda financiera.

Partidos Políticos Principales: Nueva Democracia es un partido político conservador, creado en 1974 Nueva Democracia forma parte del Partido Popular Europeo. Movimiento Socialista Panhelénico, más conocido como PASOK es un partido político socialdemócrata de Grecia que perdió el poder en las elecciones legislativas de 7 marzo de 2004 y se transformó en el principal partido de oposición. Partido Comunista de Grecia: más conocido por sus siglas ΚΚΕ es el partido comunista de Grecia.

Grecia se encuentra en una profunda recesión por quinto año consecutivo, el desempleo llega al 20% mientras en los jóvenes de menos de 25 años es casi del 50%, los sueldos y las pensiones cada pocos meses conocen nuevos recortes mientras son docenas los nuevos impuestos. Miles de trabajadores llevan meses sin cobrar sus salarios, los convenios colectivos y el sueldo mínimo básico han sido abolidos al igual que la mayoría de derechos de los trabajadores. Casi tres de cada diez ciudadanos viven bajo la línea de la pobreza, el 48% son pobres (no pueden satisfacer plenamente sus necesidades) y el 59% no tiene fondos para enfrentar una situación de urgencia, por ejemplo, un problema grave de salud. Esto es parte del costo de haber impuesto un gobierno en Atenas por parte de la Unión Europea en lo que ha sido, junto con Italia, una alteración radical de las normas de la democracia en ese continente

Es obvio que esta crisis internacional está fomentando el auge del nacionalismo político en Grecia, lo que conlleva el riesgo de incrementar las tensiones y traerá como consecuencia por parte del gobierno griego salidas institucionales activando los mecanismos constitucionales, entre ellos el convocar a elecciones anticipadas.



domingo, 1 de abril de 2012

RAJOY BUSCA APOYOS EN EL CONGRESO AL AJUSTE HISTÓRICO Y LA AMNISTÍA FISCAL

RAJOY BUSCA APOYOS EN EL CONGRESO AL AJUSTE HISTÓRICO Y LA AMNISTÍA FISCAL

En la última clase, escuche una pregunta, que me parece que aún no recibe respuesta: ¿En España la propuesta laboral es responsabilidad del Presidente Español, o es solo responsabilidad del titular del Ministerio de Trabajo? Ante tal duda, aún existente, me di a la tarea de revisar el sistema español para tratar de contestar la pregunta.

Antes de desarrollarlo, compartiré con ustedes algunas frases de una nota hemerográfica publicada recientemente en España:

“El presidente Mariano Rajoy intenta darse impulso en medio del peor temporal. Tras incumplir algunos de sus compromisos de precampaña y tomar decisiones contra sus principios declarados —ha subido impuestos, ha abaratado el despido y ha impulsado una amnistía fiscal para los defraudadores—, hoy explica a su dirección nacional los motivos que han llevado al Gobierno a tomar unas medidas tan excepcionales como desesperadas ante el enorme agujero de las cuentas públicas”.

“Ahora, La Moncloa se ha embarcado en una ofensiva para explicar a la opinión pública que el mayor ajuste de la historia con el añadido del perdón a los defraudadores era la única solución posible para superar la situación límite que vive España. El PP también persigue, en un momento de declive en la popularidad del Gobierno por sus últimas decisiones, “incorporar voluntades” en el Congreso de los Diputados “para convertir la mayoría absoluta en mayoría compartida con otros grupos”

El PP espera contar con el apoyo de CiU, que ha expresado su comprensión con la amnistía fiscal planteada por el Gobierno e incluso ha apoyado la reforma laboral, aunque el PP está muy preocupado con la deriva soberanista de la formación de Artur Mas. Alicia Sánchez-Camacho, líder del PP catalán, ya le ha trasladado a Rajoy su idea de que el choque de trenes con los nacionalistas catalanes puede llegar en octubre, tras el debate de política general en Cataluña, donde se hablará del referéndum.

“Rajoy tiene una mayoría absoluta recién lograda, un poder enorme en las autonomías, un crédito político y una legitimidad muy amplia para llevar a cabo reformas y tres años y medio hasta las próximas elecciones generales”.

Encontramos en estas frases la descripción del comportamiento tanto del Presidente del Gobierno Español, como de algunos representantes de la oposición, y describe dos mecanismos legales contenidos en su legislación, la construcción de mayorías para legitimar acciones gubernamentales, pero también describe la posibilidad de activar un debate ciudadano sobre la política general a través de un mecanismo de participación ciudadana, como lo es el referéndum. Y algo mucho muy interesante, que es el factor internacional de la región, exigencias de comportamiento gubernamental que deberán ser cumplidas dentro de un gobierno regional que define acciones que impactan en todos los gobiernos de la comunidad económica-europea.

Describiré ahora dos datos constitucionales del sistema de gobierno español:

La actuación del Gobierno está regida por los siguientes principios de funcionamiento:

El artículo 98.2 de la Constitución de 1978:

·         Principio de dirección presidencial: El Presidente del Gobierno dirige a los Ministros y puede nombrarlos o cesarlos libremente.
·         Principio de responsabilidad: El Presidente responde políticamente ante el Congreso de los Diputados por la actuación del Gobierno. El eventual cese del Presidente supone el cese del Gobierno.
·         Principio de colegialidad: El Gobierno, entendido como Consejo de Ministros, es un órgano colegiado integrado por una pluralidad de miembros del Gobierno.
·         Principio de solidaridad: El Gobierno responde in solidum por la actuación de cada uno de los miembros del Gobierno.
·         Principio departamental: Los miembros del Gobierno, además de integrantes de dicho órgano colegiado, son también los titulares de los órganos departamentales encargados de un área competencial más o menos homogénea.

El Artículo 92, de la Constitución española:
1. Las decisiones políticas de especial trascendencia podrán ser sometidas a referéndum consultivo de todos los ciudadanos.

2. El referéndum será convocado por el Rey, mediante propuesta del Presidente del Gobierno, previamente autorizada por el Congreso de los Diputados.

 3. Una Ley orgánica regulará las condiciones y el procedimiento de las distintas modalidades de referéndum previstas en esta Constitución.

Para contestar la pregunta de clase, me parece que quedará debidamente aclarada con la siguiente explicación:

Presidente del Gobierno de España: Se trata de la magistratura con mayor poder político efectivo del Estado. Es el miembro más importante del Gobierno, siendo además el encargado de nombrar y destituir a su libre disposición a ministros y vicepresidentes. La confianza del Congreso de los Diputados de España le es otorgada a él personalmente, teniendo por ello una autoridad general y absoluta dentro del Ejecutivo.

El artículo 98.2 de la Constitución de 1978, afirma que el Presidente del Gobierno "dirige la acción del Gobierno y coordina las funciones de los demás miembros del mismo, sin perjuicio de la competencia y responsabilidad directa de éstos en su gestión". Junto con una amplia gama de funciones de carácter constitucional, su tarea de cara a la Administración Pública viene enumerada en el artículo 2 de la Ley de Gobierno (LGob), que le encarga la determinación orgánica y funcional del Gobierno, la representación de éste y de su política, y la dirección y coordinación de los miembros del equipo de Gobierno.

Me parece entonces que si es una responsabilidad del Presidente Español, la presentación de la reforma laboral, su contexto no solo se configura en una decisión del ámbito nacional, sino dentro del contexto regional de la comunidad económica europea.